Datos de contacto

Si quiere contactar con nosotros, puede hacerlo por correo electrónico a alfilabogados@alfilabogados.es

Aplicación Consultas Jurídicas

Consultas jurídicas online

Resuelve tu duda legal hoy con Joaquín Noval.

Resuelve tu problema

lunes, 22 de enero de 2024

Balance del 2023

 


Aunque según escuché días pasados en la radio, las “normas de protocolo” dicen que se pueden seguir felicitando el año hasta no más allá del 15 de enero, yo me lo voy a saltar y dedicaré esta entrada a repasar los acontecimientos del blog más relevantes del pasado ejercicio. Para ello, voy a agrupar las entradas en distintos apartados:



1.- El primer apartado es el dedicado a los temas no jurídicos, meramente literarios. Como sabéis, me gusta reunir aquí todo lo que escribo y por eso incluyo entradas con reseñas de libros que leo, como la dedicada a reseñar una obra desconocida –al menos, para mí- de Andrea Camilleri: El beso de la sirena, que podéis leer AQUÍ.


También en este apartado debo incluir una entrada que tuvo muchas visitas en su momento sobre los consejos para escribir bien de David Ogilvy, un publicista, pero que pueden aplicarse a cualquiera que tenga que poner en negro sobre blanco sus ideas. La tenéis AQUÍ y es muy recomendable.


2.- Relacionado con el anterior, pero con sustantividad propia, se encuentra el apartado relacionado con mis publicaciones en Substack. Aquí no se trata de una reseña de un libro que me ha gustado, sino de pura creación literaria, aunque con cierto “toque” jurídico. He publicado varias entradas sobre el tema (AQUÍ, AQUI, AQUI y AQUI ) y en ellas se encuentras los enlaces a los relatos más visitados, como la sentencia de la señora que se quejaba de lafogosidad de su vecina en un programa de televisión o la de aquella camarera de un local en la estación de Sants en Barcelona que orinaba en los recipientes en los que se hacían las magdalenas para los clientes.



3.- Uno de los temas sobre los que más he escrito es sobre el llamado complemento de maternidad en las pensiones a favor de varones, pues desde que fue reconocido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la reacción de la Seguridad Social ha sido poner obstáculos en el camino, que han ido siendo removidos por sentencias judiciales. Así, he escrito en general sobre el asunto (AQUÍ), la fecha de efectos de su reconocimiento (AQUÍ), la compatibilidad con el mismo complemento a favor del cónyuge (AQUÍ) o la posibilidad de reclamar una compensación especial por tener que acudir a la reclamación judicial (AQUI).



4.- Otro de los temas estrella ha sido la reducción de los ingresos a declarar en concepto de pensión en el IRPF cuando se empezó a trabajar antes de 1978 y se cotizó, por tanto, a las Mutualidades Laborales existentes antes de la Seguridad Social. Podéis ver información sobre el tema AQUÍ



5.- El blog cumple además una función similar al “tablón de anuncios” de mi actividad, y así lo he utilizado para advertir de los periodos vacacionales en agosto (AQUÍ) y Navidad (AQUÍ), así como para comunicar a mis seguidores la existencia de cuenta en Instagram (AQUÍ) o un aviso relativo a las direcciones de correo electrónico al detectar que venían devueltos los que enviaba a algunos clientes (AQUÍ).


6.- Finalmente, en materia específicamente jurídica hemos dedicado entradas a las deudas de las comunidades de propietarios (AQUÍ) o a las reclamaciones de préstamos adquiridos por fondos buitre (AQUÍ). Y todo ello sin perder de vista la actualidad, como las entradas dedicadas a las cotizaciones de los contratos a tiempo parcial (AQUÍ) o al problema de datos sufrido por Air Europa en el mes de (AQUÍ).

 



En definitiva, un año más, lleno de información legal de interés para clientes y seguidores y que ha sido premiado con nada menos que 42.877 visitas al blog. Muchas gracias a quienes lo seguís habitualmente y a quienes pasáis por aquí esporádicamente. Y, si queréis no perder nada, os dejo en enlace para figurar en el listado de quienes reciben un correo mensual con las novedades.

 

jueves, 18 de enero de 2024

VII Congreso Nacional de Derecho de Sociedades


 

El mes de febrero no se entiende sin vincularlo al Derecho de Sociedades y a la ciudad de Málaga, donde se celebra, un año más, el Congreso Nacional organizado por la Universidad de Málaga sobre la referida materia.




Ya es la séptima edición y, dado lo amplio de su espectro, se limita este año a un tema muy concreto: la transmisión de acciones y participaciones sociales.


Durante un par de días – 1 y 2 de febrero- pasarán por el estrado catedráticos, notarios, registradores, jueces y abogados dedicados al Derecho societario, tan relevante para nuestra economía. Aún más importante es lo que se define en la web del Congreso como el verdadero protagonista del Congreso: el público, la masa crítica, la comunidad de los que trabajan y piensan el Derecho de sociedades.


El programa es intenso e interesante. Y, sobre todo, el final cuenta con información de primera mano sobre lo que se cuece en la sección mercantil de la Comisión General de Codificación, con una mesa redonda dirigida por la profesora Alonso Ledesma –Presidenta de la sección- y con la participación de otros miembros de la misma. Información de primera mano sobre las líneas futuras del derecho societario, que permitirá a los asistentes un mejor asesoramiento a su clientes o criterios de intepretación de las normas vigentes a quienes hayan de aplicarlas.


Junto al Congreso “oficial” se celebra otro, más personalizado y “a la carta”. No pocas amistades se han fraguado en esta cita anual societaria y más de un grupo de guasap circula por ahí donde se comparten ideas, informaciones o consejos; donde se organizan otros actos académicos o en los que se gestionan cuestiones más domésticas como la ya tradicional cena del miércoles para rememorar, un año más, el Canal de Suez.


Así que animo a lectores y amigos a la asistencia al Congreso porque aún quedan plazas disponibles (aunque por tiempo limitado porque se acaban).


Aquí os dejo el enlace a la web del Congreso: Congreso Nacional de Derecho de Sociedades

viernes, 22 de diciembre de 2023

Feliz Navidad y vacaciones

 


El 22 de diciembre siempre trae a nuestra memoria el principio de las vacaciones de navidad –era el último día de colegio- con la música de los niños de San Ildefonso cantando premios.

Este año, al caer en viernes, ocurre lo mismo en materia judicial: son inhábiles con carácter general (hay excepciones) los días comprendidos entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, por lo que a partir de hoy y hasta el próximo 8 de enero me tomaré unas vacaciones en las que sólo se atenderá lo rigurosamente urgente.

No obstante, en el blog y resto de redes sociales seguiremos escribiendo y divulgando asuntos de interés.

Gracias a todos por confiar en mí a lo largo de este año que termina.

Os dejo el vídeo que he preparado de felicitación navideña.



Ultimos ajustes tributarios


 

Cuando llegan estas fechas, muchos clientes nos solicitan información para poder bajar la factura tributaria del año que termina. Aunque queda muy poco tiempo y es conveniente preverlo con más antelación, enumeramos algunas de las opciones que existen:

 

1.     Si se ha adquirido un vehículo eléctrico después del 30 de junio de 2023, existe el derecho a deducir un 15% de su importe (con una base máxima de 20.000 euros), así como del coste de la instalación del sistema de recarga de baterías (con una base máxima de 4.000 euros).

 

2.     Un clásico para los cada vez menos contribuyentes que aún conservan la deducción por vivienda habitual es amortizar parte de la hipoteca. El límite de cantidades por pago de préstamo por el que se puede practicar la deducción del 15% es de 9040 euros, por lo que habrá que ver cuánto se ha pagado con los pagos mensuales y calcular el exceso para ajustarlo.

 

3.     Otro clásico, también muy reducido en la actualidad, es la aportación a un plan de pensiones. Hay que tener en cuenta que el máximo deducible es de 1500 euros, por lo que si deducimos las aportaciones periódicas que se hayan venido realizando, se podrá aportar hasta ese importe. También es conveniente, si la gestora del plan no lo ha advertido, controlar que la aportación total anual no supere dicha cifra.

 

4.     La aportación al plan de pensiones del cónyuge (que carezca de ingresos o sean inferiores a 8000 euros anuales) se puede hacer hasta 1000 euros anuales.

 

5.     Las donaciones a las entidades sin fines de lucro previstas en la Ley 49/2002 dan derecho a una deducción del 80% de los primeros 150 euros donados y un 35% del resto. En definitiva, ser generoso con los demás nos sale bastante barato por lo que deberíamos prodigarnos en este tipo de actuaciones.

 

6.     Debe tenerse en cuenta, si se han producido pérdidas patrimoniales por la transmisión de bienes, que pueden compensarse con ganancias patrimoniales de los próximos cuatro años.

  

7.     También debe tenerse en cuenta que la venta de la vivienda habitual de los mayores de 65 años se encuentra exenta de impuestos en caso de generar una ganancia patrimonial.

 

8.     Lo mismo ocurre con los planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007 que se rescaten antes de dos años desde la fecha de jubilación. Se reduce su importe en un 40%.

  

9.     Otras opciones a tener en cuenta, aunque sea con menos premura y para ejercicios sucesivos, son la percepción de retribuciones en especie como salario o la realización de obras que aumenten la eficiencia energética de un inmueble.

 

 

Lo que en todo caso te aconsejo es que, si quieres una adecuada planificación tributaria, lo mejor es consultar a un experto que te pueda aconsejar las mejores opciones tributarias. Si quieres contactar con nosotros, envíanos un correo electrónico y te asesoraremos.