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miércoles, 24 de noviembre de 2021

CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE DERECHO DIGITAL

 


Los días 18 y 19 de noviembre ha tenido lugar en la sede la Universidad Pablo de Olavide la celebración del Congreso Internacional sobre Derecho Digital.

El Congreso supone la culminación del Proyecto de Investigación sobre Derecho Digital número RTI-2018-096201-B-100 financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación que, bajo la dirección como investigadores principales, de los profesores Agustín Madrid Parra y Lucía Alvarado Herrera, se ha desarrollado a lo largo de los últimos tres años.



Los integrantes del Proyecto han desarrollado sus investigaciones durante este tiempo y han ido poniéndolas de manifiesto a lo largo de cuatro seminarios celebrados en las sedes de las distintas Universidades que han colaborado en el proyecto, Universidad de Sevilla, Universidad de Jaen, Universidad Carlos III de Madrid y Universidad Pablo de Olavide.

La culminación del proyecto ha consistido precisamente en la celebración del Congreso, que se ha abierto a la participación de estudiosos de la materia en general que han contribuido al mismo remitiendo más de sesenta textos, entre ponencias y comunicaciones. El Comité Organizador del Congreso seleccionó entre ellas las que resultaban más adecuadas al programa y de mayor calidad (aunque la decisión al respecto fue muy complicada) y de ahí surgieron los cuatro paneles o mesas en torno a las cuales ha tenido lugar. Todas ellas han sido moderadas por un integrante del proyecto de investigación y han incluido tres ponencias y dos comunicaciones.

La primera mesa, moderada por la Doctora Vázquez Ruano, giró en torno a los servicios digitales, participando en ella como ponentes D. Juan Flaquer Riutort, que se refirió a los mecanismos de control del alquiler turístico vacacional ofertado en plataformas digitales de intermediación; Dña Rosa María García Pérez, dedicada a la privacidad desde el diseño y por defecto en el régimen de conformidad de la contratación de servicios digitales; y D. José Ruiz Espinosa, quien hizo una aproximación a la nueva propuesta de Reglamento de mercados digitales 2020/842, incidiendo especialmente en los problemas de su delimitación material. La mesa se completó con dos comunicaciones, la primera de ellas sobre comisiones bancarias y servicios digitales, expuesta por D. José María García Rodríguez, y la segunda sobre el derecho a la actualización de información en los medios de comunicación digitales, expuestas por D. Javier Martínez Calvo.



La segunda mesa, que tuvo lugar también el día 18 por la tarde, versó sobre mercados digitales y estuvo moderada por el Doctor Noval Lamas. La primera ponencia, impartida por Dña Apol-lònia Martínez Nadal, abordó el interesante tema de la naturaleza jurídica de las plataformas digitales -para determinar su posible responsabilidad- y la evolución desde la Directiva de comercio electrónico a la propuesta de Reglamento de servicios digitales; D. Fernando Carbajo Cascón se ocupó de la segunda ponencia, dedicada al mercado de la prensa digital y las cuestiones sobre propiedad intelectual, libre competencia y pluralidad informativa; cerró la mesa Dña Teresa Rodríguez Cachó con una ponencia dedicada al TDM y sus implicaciones como nuevo límite obligatorio al derecho de autor de los investigadores. La mesa se completó con dos comunicaciones, referidas a las obligaciones de información de las plataformas digitales contenida en la Directiva 2021/514/UE, del consejo, de 22 de marzo de 2021, expuesta por Dña María del Mar de la Peña Amorós, y una segunda comunicación sobre la protección de la originalidad de los videojuegos, expuesta por D. Marcos Cruz González.

La tercera mesa fue abordada el viernes 19 por la mañana y moderada por la Doctora Alvarado Herrera, dedicándose a los criptoactivos. La primera ponencia fue expuesta por Dña Carmen Pastor Sempere, que analizó la evolución en el mundo financiero desde las ICO –Initial Coin Offering- a las IDO – Initial DEX Offering-; Dña Susana Aragón Tardón analizó en la segunda de las ponencias la “revolución digital” que suponen los criptoactivos en el ámbito de los servicios de pago, desarrollando sus necesidades, oportunidades y retos que se plantean; finalmente, Dña Mayte Otero Cobos acometió la cuestión de la publicidad de los criptoactivos. La mesa se cerró con dos comunicaciones, dedicadas a las CBDC como reacción de los Bancos Centrales a la expansión de las criptomonedas, expuesta por Dña Lucía Suárez Barcia; mientras que Dña Carolina Montalbán Ramírez analizó el control tributario de las monedas virtuales en la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.




La última mesa, que cerró la jornada, fue moderada por el Doctor Augoustatos Zarco y aglutinó materias sobre inteligencia artificial y otros ámbitos del derecho digital. La primera de las ponencias versó sobre cibercrimen, internet oscura y COVID-19, expuesta por Dña Silvia Verdugo Guzmán; la segunda de las ponencias, impartida por Dña Tamara Álvarez Robles, acometió la cuestión del Estado digital y su eventual condición necesaria para garantizar los derechos digitales; la última de las ponencias se dedicó a la inteligencia artificial y la protección de la salud, siendo impartida por Dña Francisca Ramón Fernández. La mesa se completó con dos comunicaciones, dedicadas a la transparencia algorítmica en las decisiones adoptadas por la Administración tributaria, desarrollada por Dña Begoña Pérez Bernabéu y una última dedicada a la identificabilidad de la información personal y las incertidumbres que plantea en relación al Reglamento General de Protección de Datos, expuesta por D. Mikel Recuero Linares.

La celebración del Congreso, que contó con más de ciento veinte inscritos, ha supuesto la última etapa del Proyecto de Investigación, quedando tan sólo pendiente la publicación por la Editorial Aranzadi de un libro con las ponencias, comunicaciones y trabajos de los miembros del proyecto, lo que se prevé para finales de 2021. Y de lo que daremos cuenta en este blog.

NOTA.- La presente entrada es reproducción de la publicada días pasados en el blog de Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Universidad Pablo de Olavide.  

 

 

lunes, 22 de noviembre de 2021

DE NUEVO SOBRE PRODUCT PLACEMENT: ROGER CORMAN

 

 

Hace ya un tiempo escribimos una entrada en este blog sobre este tipo de contrato que puede definirse como “el emplazamiento o ubicación de un bien o servicio, y por añadidura de la marca comercial, envase y/o diseño representativo del mismo, en el contexto de una o varias escenas de una obra audiovisual, a cambio de una contraprestación que el titular del producto emplazado se compromete a cumplir a favor de la productora del film[1], para referirnos a una de las películas del ciclo “Torrente”, que podéis encontrar AQUÍ.




Como decíamos allí, el contrato es muy antiguo y quizá uno de sus primeras manifestaciones en el cine español fuera la película “Sor Citroën” de los años 70. También en el cine norteamericano hemos tenido algún caso muy sonado, como el filme “Uno, dos, tres”, de Billy Wilder, de 1961 y donde la Coca-Cola tuvo un gran protagonismo.





Un nuevo ejemplo lo he encontrado hoy en mis lecturas del blog de Zenda Libros, en concreto, en esta entrada, de Javier Memba y referida al cine de Roger Corman.

Corman se hizo muy conocido –al menos, para mí- con películas de terror (como las adaptaciones de cuentos de Poe, “La caída de la casa Usher” o “El péndulo”) o títulos de ciencia ficción como “El hombre con rayos X en los ojos”, que recuerdo haber visto en la TV en blanco y negro en un ciclo que había los viernes por la tarde (¿quizá en La 2?).



En la referida entrada de Zenda, cuya lectura completa recomendamos, se incluye un ejemplo más antiguo de product placement:

“Se dice que para su primera producción —cifrada en 12.000 dólares y dirigida por Wyott Ordung en 1954 con el título de The Monster From the Ocean Floor-, Corman hubo de convencer al inventor del submarino monoplaza que aparece en escena de la publicidad que supondría para el aparato salir en la película para que el sujeto en cuestión se lo dejara gratis durante la filmación”.





Quizá Roger Corman lo ignorase pero, tal y como está descrito, es claramente un contrato de product placement y, por tanto, de utilidad para mis clases de Derecho Mercantil.

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[1] SANCHEZ ARISTI, R., “Contratos publicitarios” en Tratado de Contratos (cood. BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO, R.), Vol. 4, 2009, pág. 4739.

jueves, 11 de noviembre de 2021

10 CONSEJOS PARA EVITAR IMPAGOS EN LA EMPRESA

 

 

         Con mucha frecuencia, recibimos consultas relativas a impagos de facturas por parte de los clientes de nuestros clientes (valga la redundancia) y, normalmente, cuando se producen ya poco remedio tiene la situación y el impago es difícil de recuperar.

 


         La situación es frecuente, porque cuando en el mercado se produce una situación de menor liquidez –y así ha sido durante la pandemia-, muchas empresas tratan de mantener el nivel de las ventas, relajando, en muchas ocasiones, los cuidados mínimos para evitar la mora. Pretender no tener ni un impagado es tarea imposible, pero al menos conviene tomar algunas medidas que ayuden a reducirlos.

 

         Es importante, tanto en las actuaciones previas al impago como en las posteriores, actuar con rapidez dado que el cliente moroso no suele serlo sólo de una empresa y su tendencia general es acudir a “apagar fuegos” allí donde se le presentes, por lo que el acreedor que más “moleste” será el primero que atienda; la estrategia del moroso es ganar tiempo a toda costa; si la empresa es solvente pero carece de liquidez momentánea el retraso no es problema, pero si sus recursos son escasos, serán empleados en atender al primero que llegue.

 


         No se deben relajar los mecanismos habituales de cobro ni con los clientes conocidos y, como en todas las materias, es más barato prevenir que curar, por lo que nos permitimos recomendar algunas actuaciones previas a que se produzca el impago, fruto de la experiencia:

 

1.  Estar muy en contacto con los clientes; visitar sus establecimientos con  regularidad y estar atentos a los posibles cambios (de rótulos, reducciones de personal, disminución apreciable de existencias, aspecto general del negocio...), para poder anticiparse a los acontecimientos.

 

2.  Antes de vender a crédito a un nuevo cliente, obtener un mínimo informe comercial de solvencia. Estos informes se pueden obtener a través de diferentes compañías dedicadas a ello, o mediante los propios recursos, acudiendo, vía internet, a Registro de la Propiedad, consultando con el propio banco, etc.

3.  Revisar la cartera de clientes y fijar un límite interno del crédito que consideramos razonable dar a cada cliente.

 

4.  Procurar tener actualizada y correcta toda la información del cliente: nombre o denominación social, domicilio, NIF/CIF, datos de los apoderados, etc...

 

5.  Confeccionar correctamente, y conservar adecuadamente, la documentación relativa a las ventas (pedidos, albaranes de entrega y devolución en su caso, facturas, abonos, etc...).

 

6.  Tratar que los pedidos estén suscritos por los clientes y que figuren en los mismos las mercancías encargadas con precio, así como la forma de pago.

 

7.  Enviar, al menos a los clientes no conocidos, las mercancías con albarán de entrega, no sólo con indicación de número de bultos, sino con descripción de mercancía y unidades remitidas.

 

8.  No retrasar la facturación, es recomendable enviarla junto con la mercancía.

 

9.  Indicar en la factura, con toda claridad, la forma de pago.

 

10.     Siempre que se pueda, obtener del cliente títulos ejecutivos (cheques, letras o pagarés).

 

Producido el impago, los tiempos muertos tiene mayor incidencia todavía que en la fase previa, por lo que aconsejamos tomar decisiones cuanto antes sobre la eventual reclamación judicial.

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lunes, 1 de noviembre de 2021

RENOVACIÓN O CONTINUISMO

 


No, no me refiero a ningún tema polémico, ni político ni social. Es una simple cuestión práctica que se me plantea de vez en cuando, especialmente los días que tengo más tiempo disponible (domingos y festivos).

 



Supongo que, al igual que yo, vais acumulando datos de personas con las que, en un momento determinado de vuestra vida, tenéis un contacto más o menos personalizado. Desde el padre de un niño del mismo colegio que el tuyo a un abogado que lleva a tu contrario en un asunto determinado o el perito de la compañía de seguros que te llama para venir a ver a tu casa el siniestro que ha ocasionado la inundación del piso de arriba.

Como consecuencia de esas relaciones, a veces permanentes, a veces esporádicas, vamos acumulando teléfonos y/o correos electrónicos que, en muchas ocasiones, lo único que hacen es “comerse” el espacio disponible en nuestros dispositivos y cuya utilidad es remota.

¿Qué hacéis vosotros? ¿Revisáis los datos y borráis los que ya no tienen utilidad? ¿Os limitáis a no hacer nada y continuar agrandando vuestros archivos? ¿Renovación o continuismo? 

Además, si recibís un correo de alguien con quien no tenéis relación desde hace años, ¿os parece bien o mal?

Por favor, ruego vuestros comentarios.