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sábado, 31 de octubre de 2020

NUEVA SENTENCIA DEL TJUE SOBRE EL DESISTIMIENTO EN LOS CONTRATOS A DISTANCIA

 

El derecho de desistimiento de los consumidores en los contratos a distancia ocupa un lugar central en la protección de sus derechos y esa importancia se pone de manifiesto en la frecuencia con que se dictan resoluciones judiciales al respecto, especialmente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al venir establecido en Directivas comunitarias. Sobre el derecho de desistimiento hemos escrito AQUI, AQUI, AQUI, AQUI, AQUI y AQUI y, sobre todo, aquí: 




Un ejemplo reciente lo tenemos en la sentencia C-641/19, de fecha 9 de octubre de 2020, que resuelve una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de lo Civil y Penal de Hamburgo (Alemania).


domingo, 25 de octubre de 2020

UN NUEVO ESTADO DE ALARMA

 

Pasan unos minutos de las seis y media de la tarde del domingo 25 de octubre y ya se ha publicado en el BOE el Real Decreto 926/2020 por el que se declara nuevamente el estado de alarma en todo el territorio nacional, que puede consultarse AQUI.


lunes, 12 de octubre de 2020

A LA CUARTA... UNA VEZ MÁS SOBRE LA CONSIDERACION COMO ACCIDENTE DE TRABAJO DE LOS CONTAGIOS POR COVID DEL PERSONAL SANITARIO

 


 

Los lectores de más edad recordarán una canción que se hizo muy popular, al igual que el grupo que la cantaba, hace muchos años. Se llamaba “Son tus perjúmenes, mujer” y el grupo se denominaba Carlos Megía Godoy y los de Palacagüina. La canción, claramente elogiosa de la mujer entonces pero absolutamente rechazable con los criterios actuales sobre machismo, iba ensalzando los distintos encantos de la destinataria y cada uno de los integrantes cantaba una estrofa distinta. La última de ellas se introducía diciendo algo así como “A la cuarta, … ni los bueyes” , concepto que nunca entendí, no sé si debido a mi tierna infancia de entonces o a ser una expresión local. O a que decían otra cosa y yo entendía eso, que cualquiera sabe. Para los nostálgicos, aquí está la canción completa:



domingo, 11 de octubre de 2020

EL TIEMPO PARA RECLAMAR SE ACABA

 


Nada dura para siempre. Los derechos tienen que ejercitarse en un plazo determinado, pasado el cual ya no se puede reclamar nada. Esto es necesario para conseguir la seguridad jurídica.