La sentencia del Tribunal Supremo 469/2016, de 12 de julio
(que puede localizarse AQUÍ) resulta de gran interés por resolver un situación
que se da mucho en la práctica: la promoción de viviendas en régimen de
cooperativa con la intervención de una sociedad gestora –que lo hace de manera
profesional y con ánimo de lucro- y la determinación de quién ha de responder
por los incumplimientos del contrato.
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viernes, 2 de septiembre de 2016
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