Ya
hemos advertido en numerosas ocasiones que este no es un blog de Derecho Penal,
pero también hemos comentado que el Derecho es transversal y una misma
situación puede dar lugar a la aplicación de normas de diverso tipo. Y el Derecho
Penal no es una excepción.
El origen
de esta entrada está en el blog, también jurídico, de @luisabeledo, un amigo “virtual”
y casi paisano, cuya entrada podéis consultar AQUÍ, relativa a la advertencia
contenida en un requerimiento de manifestación de bienes de un ejecutado sobre
la posibilidad de incurrir en desobediencia. Cuando la leí, hace unos días, me
pareció interesante y la tuiteé con el comentario de “secretario olvidadizo”.
Es posible que ese comentario fuera precipitado, porque no había estudiado la
norma con profundidad. De ahí la presente entrada.