Cuando llegan estas fechas, muchos
clientes nos solicitan información para poder bajar la factura tributaria del
año que termina. Aunque queda muy poco tiempo y es conveniente preverlo con más
antelación, enumeramos algunas de las opciones que existen:
1.
Si se ha adquirido un vehículo eléctrico después del
30 de junio de 2023, existe el derecho a deducir un 15% de su importe (con una
base máxima de 20.000 euros), así como del coste de la instalación del sistema
de recarga de baterías (con una base máxima de 4.000 euros).
2.
Un clásico para los cada vez menos contribuyentes
que aún conservan la deducción por vivienda habitual es amortizar parte de la
hipoteca. El límite de cantidades por pago de préstamo por el que se puede
practicar la deducción del 15% es de 9040 euros, por lo que habrá que ver
cuánto se ha pagado con los pagos mensuales y calcular el exceso para
ajustarlo.
3.
Otro clásico, también muy reducido en la actualidad,
es la aportación a un plan de pensiones. Hay que tener en cuenta que el máximo
deducible es de 1500 euros, por lo que si deducimos las aportaciones periódicas
que se hayan venido realizando, se podrá aportar hasta ese importe. También es
conveniente, si la gestora del plan no lo ha advertido, controlar que la
aportación total anual no supere dicha cifra.
4.
La aportación al plan de pensiones del cónyuge (que
carezca de ingresos o sean inferiores a 8000 euros anuales) se puede hacer hasta
1000 euros anuales.
5.
Las donaciones a las entidades sin fines de lucro
previstas en la Ley 49/2002 dan derecho a una deducción del 80% de los primeros
150 euros donados y un 35% del resto. En definitiva, ser generoso con los demás
nos sale bastante barato por lo que deberíamos prodigarnos en este tipo de
actuaciones.
6.
Debe tenerse en cuenta, si se han producido pérdidas
patrimoniales por la transmisión de bienes, que pueden compensarse con
ganancias patrimoniales de los próximos cuatro años.
7.
También debe tenerse en cuenta que la venta de la
vivienda habitual de los mayores de 65 años se encuentra exenta de impuestos en
caso de generar una ganancia patrimonial.
8.
Lo mismo ocurre con los planes de pensiones con
aportaciones anteriores a 2007 que se rescaten antes de dos años desde la fecha
de jubilación. Se reduce su importe en un 40%.
9.
Otras opciones a tener en cuenta, aunque sea con
menos premura y para ejercicios sucesivos, son la percepción de retribuciones
en especie como salario o la realización de obras que aumenten la eficiencia
energética de un inmueble.
Lo que en todo caso te aconsejo es que, si quieres
una adecuada planificación tributaria, lo mejor es consultar a un experto que
te pueda aconsejar las mejores opciones tributarias. Si quieres contactar con
nosotros, envíanos un correo electrónico y te asesoraremos.
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