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jueves, 5 de enero de 2017

DAÑOS Y EVENTOS NAVIDEÑOS

Hoy, contamos con una entrada escrita por un amigo y magnífico Letrado -tan magnífico que es Letrado de la Administración de Justicia-, verdadero experto en estos temas. Gracias, Alvaro, por tu colaboración con el blog.



 
 
Un tema del que se suele hablar por estas fechas es la responsabilidad por daños causados en eventos tales como las Cabalgatas de Reyes, que ya fueron objeto de examen en este blog. En este post analizará la Sentencia de la Audiencia provincial de Murcia de 22 de septiembre de 2016, cuya remisión y oportunidad de comentarla agradezco al autor de este blog.

martes, 7 de enero de 2014

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS EN CABALGATAS DE REYES


Dice el refrán popular que “las costumbres se hacen leyes”, emulando de ese modo al sistema de fuentes de nuestro Derecho establecido en el art. 1 del Código Civil.

Pues bien, se está convirtiendo en costumbre –y no descartamos por tanto que algún día se haga ley formal- que en los días siguientes al 5 de enero, día en que SSMM los Reyes Magos de Oriente pasean sus carrozas por ciudades y pueblos (e incluso barrios) derramando sobre la ciudadanía, especialmente sobre los más pequeños, no sólo la inmaterial ilusión propia de la jornada sino también la más material de caramelos y juguetes, algún ciudadano sufra daños de mayor o menor entidad y proceda a su denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.