La necesidad de innovar es consustancial al ser humano. Un ejemplo claro se refleja en este fragmento de una película del genial Charlie Chaplin, donde la innovación se le impone a la fuerza.
Pero ese no es el objeto de esta
entrada. El objeto es destacar cómo hay determinada gente –a la que aplaudo,
por cierto- que ya está en esa onda y aprovecha las oportunidades que le
ofrece internet.
Hoy he recibo un correo
electrónico cuyo asunto es “conozca de primera mano todo lo relativo al Derecho
concursal” y que me remite info@jurisvegueta.com.
Su contenido consiste en publicidad de determinadas publicaciones
especializadas en Derecho Concursal y me remite a una página web de una
librería jurídica que también organiza congresos y foros de formación.
Pues bien, mi primera reacción
fue pensar de dónde habrían obtenido el
correo electrónico, aunque existen multitud de fuentes todas ellas de
lícito acceso. Ahí quedó la cosa, pero … de repente recordé un dato: hace unos
días me han designado, por primera vez, administrador concursal en un
procedimiento ante un Juzgado de lo Mercantil y precisamente estaba pendiente
de que se publicara el nombramiento en el BORME.
Y, de repente, lo vi: el BORME.
Allí estaba, publicado precisamente en el de hoy. Conclusión: hay auténticos emprendedores que buscan
negocio donde lo pueden encontrar y si venden productos de Derecho Concursal,
¿qué mejor fuente que la del BORME donde se publican los correos electrónicos
de los administradores concursales? Lógicamente, si no fuera por internet, ni
sería posible localizar a los administradores ni tampoco resultaría rentable
dirigirse a ellos salvo que residieran en la misma ciudad.
Enhorabuena a Vegueta Jurídica
por su ingenio en la búsqueda del cliente y, como no, por avisarme de manera
indirecta de que mi nombramiento ya se ha publicado en el BORME.
Hola soy roxana quería hacer una consulta. Como puedo hacer para recuperar un papel que hicimos en un escribano de un cediemto de una parte de la casa fue mi ex y perdí la copia fue en el 2004. El según dicen está fallecido. Y me vendieron la casa y hoy necesito recuperarla no me dejan entrar la vendieron sin apeles
ResponderEliminarRoxana, no entiendo bien tu consulta. De todos modos, si te refieres a que el notario ha fallecido, su protocolo lo recibe otro notario, que lo conserva y puede expedir copias de las escrituras que otorgara el anterior. Si vas al Colegio Notarial, te indicarán quién tiene el protocolo del notario fallecido.
EliminarUn saludo y gracias por leernos
Buen dia tengo una inhicion sobre mi persona hace quince años, se reinscribe cada cinco años, si la persona no la reinscribe la puedo vender mi propiedad no hay problema queda limpia en el registro por no haberla reinscripto gracias
ResponderEliminarMuchas gracias por leernos, en primer lugar. Sin embargo, me temo que no podemos ayudarte. Por el contenido de tu consulta se desprende que el ordenamiento jurídico que te resulta aplicable no es el español, donde no se conoce una figura como la que indicas. Y aquí sólo conocemos el Derecho español. Lo sentimos mucho. Un cordial saludo
Eliminar