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viernes, 22 de agosto de 2025

Derecho y Literatura: el tío Rufo II

 

UN PLEITO

(Poema - Fábula de Rubén Darío)


Continuando con la serie dedicada al tío Rufo y sus fragmentos literarios jurídicos – AQUÍ puedes leer la primera entrada- , esta vez nos vamos a la poesía de Rubén Darío, en concreto a su poema “Un pleito”, en el que lleva a cabo una paráfrasis en castellano de la fábula “Le Fromage” (El Queso) del francés Antoine Houdart de La Motte (1672-1731). La fecha del poema es de 1884 y puede encontrarse en las Obras Completas.




I

Diz que dos gatos de Angola

en un mesón se metieron
del cual sustraer pudieron
un rico queso de bola.

Como equitativamente

no lo pudieron partir,
acordaron recurrir
a un mono muy competente;

mono de mucha conciencia

y que gran fama tenía,
porque el animal sabía
toda la Jurisprudencia.

—Aquí tenéis —dijo el gato

cuando ante el mono se vio—
lo que este compadre y yo
hemos robado hace rato;

y pues de los dos ladrones

es el robo, parte el queso
en mitades de igual peso
e idénticas proporciones—.

Aquel mono inteligente

observa el queso de bola,
mientras menea la cola
muy filosóficamente.

—Recurrís a mi experiencia

y el favor debo pagaros,
amigos, con demostraros
que soy mono de conciencia;

voy a dividir el queso,

y, por hacerlo mejor,
rectificaré el error,
si hubiere, con este peso.—

Por no suscitar agravios,

saca el mono una balanza
mientras con dulce esperanza
se lame un gato los labios.

—Haz, buen mono, lo que quieras

—dice el otro con acento
muy grave, tomando asiento
sobre sus patas traseras.

II

Valiéndose de un cuchillo,

la bola el mono partió,
y en seguida colocó
un trozo en cada platillo;

pero no estuvo acertado

al hacer las particiones,
y tras dos oscilaciones
se inclinó el peso hacia un lado.

Para conseguir mejor

la proporción que buscaba
en los trozos que pesaba,
le dio un mordisco al mayor;

pero como fue el bocado

mayor que la diferencia
que había, en la otra experiencia
se vio el mismo resultado,

y así, queriendo encontrar

la equidad que apetecía,
los dos trozos se comía
sin poderlos nivelar.

No se pudo contener

el gato, y prorrumpió así:
—Yo no traje el queso aquí
para vértelo comer.—

Dice el otro con furor,

mientras la cola menea:
—Dame una parte, ya sea
la mayor o la menor;

que estoy furioso, y arguyo,

según lo que va pasando
que, por lo nuestro mirando,
estás haciendo lo tuyo.—

III

El juez habla de este modo

a los pobres litigantes:
—Hijos, la Justicia es antes
que nosotros y que todo.

Y otra vez vuelve a pesar

y otra vez vuelve a morder;
los gatos a padecer
y la balanza a oscilar.

Y el mono, muy satisfecho

de su honrada profesión,
muestra su disposición
para ejercer el Derecho.

Y cuando del queso aquél

quedan tan pocos pedazos
que apenas mueven los brazos
de la balanza en el fiel,

el mono se guarda el queso

y a los gatos les responde:
—Esto, a mí me corresponde
por los gastos del proceso.


sábado, 16 de agosto de 2025

Qué es y qué ventajas tiene un contrato laboral de formación.

 

 

Se trata, en pocas palabras, de una modalidad contractual que combina trabajo remunerado con formación teórica, dirigida principalmente a personas jóvenes o sin cualificación profesional reconocida.




Tras la reforma laboral llevada a cabo por el Real Decreto-ley 32/2021, existen dos modalidades:

- El contrato de formación en alternancia, que  combina trabajo efectivo y formación teórica simultáneamente, con una duración de 3 meses a 2 años.

- Y el  contrato para la obtención de práctica profesional: pensado para titulados recientes, con una duración de 6 meses a 1 año (3 años si hay discapacidad).

 

Los requisitos y modalidades de estas dos figures son las siguientes:

Contrato en alternancia

·       Duración: 3 meses a 2 años.

·       Jornada: primer año, trabajo máximo del 65 % de la jornada legal; segundo año, 85 %. Lógicamente, conlleva la correspondiente reducción del salario correspondiente al tiempo efectivamente trabajado.

·       Edad: entre 16 y 30 años (sin límite en ciertos supuestos como FP, universidad, discapacidad).

·       Restricciones: no se permiten horas extras, nocturnidad ni turnos. No hay período de prueba.

·       Requisitos: no tener cualificación previa para el puesto ni haber tenido contrato formativo previo en el mismo ciclo y empresa.

Contrato para obtención de práctica profesional

·       Duración: 6 meses a 1 año (3 años con discapacidad).

·       Destinatarios: titulados FP, universitarios o certificados de profesionalidad recientes.

·       Retribución: acorde a convenio, mínimo 60 % del salario del puesto equivalente.

·       Limitación: no se puede firmar si ya se trabajó en el mismo puesto en la empresa más de 3 meses.

 

Las principales ventajas para la empresa y el trabajador son la bonificación de las cotizaciones a la Seguridad Social y determinadas indemnizaciones a la empresa por la formación suministrada al trabajador.

Si quieres mayor información al respecto o el análisis de una situación concreta, puedes dirigirte a mi correo jnovallamas@hotmail.com.