A finales de diciembre del pasado año, se aprobaron diversas
normas, tanto legales como reglamentarias, que ocuparon grandes espacios en el
Boletín Oficial del Estado y motivaron numerosos comentarios en algunos de los
blogs de Derecho más populares, como el de Luis Cazorla (AQUÍ), aunque no se refiriera en concreto a esta importante novedad. Y es que entre esas normas se
encuentra el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el que se
modifica el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de
gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto
1065/2007, de 27 de julio, publicado en el BOE núm. 317, de 30 de diciembre de
2017.
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lunes, 12 de febrero de 2018
OBLIGACIONES DE DECLARACION TRIBUTARIA DE LAS PLATAFORMAS COLABORATIVAS
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