Acabo de recibir una diligencia de
ordenación de un Juzgado, de cuya identificación no daré pista alguna, con el siguiente
tenor literal:
“Por
recibido el anterior escrito de personación y contestación a la demanda por el
procurador D. *** en nombre y representación del demandado **, únase, y con carácter previo a admitir a trámite la contestación a la demanda se
requiere a la parte demandante, para que en el plazo de CINCO DIAS otorgue
apoderamiento Apud Acta, bajo apercibimiento de tener por no contestada la
demanda de procedimiento ordinario”.
