Siempre
me ha parecido la lectura del Decálogo del Abogado, escrito por el profesor
universitario y abogado nacido en Uruguay, Eduardo Couture, uno de los momentos
más emocionantes de la Jura de los nuevos Letrados que se incorporan al Colegio
de Abogados. Acto éste al que con cierta frecuencia he venido asistiendo en las
últimas décadas.
Y
es que, aunque todas y cada una de las “normas”
que se incluyen en el decálogo son evidencia de sabiduría, hay algunas que
deberían escribirse cien veces por ciertos abogados porque no sólo las
incumplen, sino que, probablemente, desconozcan su significado. Una de ellas es
la referida a la tolerancia: “Tolera: tolera la verdad ajena en la misma
medida en que quieres que sea tolerada la tuya”. Hay abogados que no comprenden que lo
mismo que ellos defienden los intereses de sus clientes, ocurre lo mismo con
los contrarios y de ahí que desprecien al abogado que se encuentran “enfrente”.
Guarda cierta similitud con la referida al olvido de las
pasiones, que Couture refiere al momento final pero que, a mi entender, debe
aplicarse también durante el litigio. Dice así: “Olvida: la abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando
tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti.
Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota”.
Una circunstancia
común a todos los que nos dedicamos al mundo del foro es que nos vamos
encontrando colegas –que no compañeros, palabra que les viene grande- que no
siguen estas reglas y que deben tener el alma llena de rencor ya que no son
capaces de contener su ira ni, a veces, su mala educación, manifestando en sus
intervenciones orales y en sus escritos pequeños (o grandes) exabruptos que mi
padre, hombre sencillo y de escasa cultura pero con grandeza de alma, solía
denominar como “venganzas pobres”.
En relación con estos
exabruptos, recientemente, he tenido ocasión de recibir un escrito en el que mi
colega no se ha podido contener y, al oponerse a la impugnación de una tasación
de costas, la califica como una “impugnación cobarde”,
argumentando para ello que el letrado impugnante – es decir, yo- “dispara con pólvora ajena” ya que me
limito a impugnar las costas por indebidas y no por excesivas.
Realmente, no entiendo
su postura. En primer lugar, porque se queja de que sólo le impugno por
indebidas y no por excesivas, cuando la primera ya incluye, como es lógico, la
segunda. Además, ejercitar una acción procesal en vez de otra nunca puede ser cobarde, sino lícito ejercicio del
derecho a optar por una u otra. Pero, y esto es lo más importante, disparar con pólvora ajena es
precisamente la función del abogado, que nunca debe hacer suyo el interés de su
cliente, lo que le privaría de independencia y, quizá, le llevara a
algunos excesos verbales, como le ocurre precisamente a mi colega.
¿O acaso no es peor
involucrarse personalmente en el asunto? En fin, de este tema se podría
escribir mucho más, pero valgan estas líneas como simple desahogo de un abogado
que ama su profesión y que aprendió hace mucho tiempo que las “venganzas pobres” no nos pueden afectar,
precisamente por eso, por la pobreza espiritual de quienes las ejecutan.
Aunque, eso sí, como dice el refrán, en
el pecado llevan la penitencia.
PD.- Y, hablando de cobardes, qué mejor que recordar a éste, cantado por Víctor Manuel.
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