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lunes, 9 de noviembre de 2020

EMPRESARIO Y MATRIMONIO

 


No, no se preocupen quienes estén pensando en emprender una actividad económica. Esto no es como el sacerdocio,  que excluye el matrimonio. Ambas opciones son compatibles: se puede ser empresario y, al mismo tiempo, estar casado.  Lo que pasa es que, si el empresario está casado, los acreedores tendrán más posibilidades de cobrar. O no.

El régimen de responsabilidad de los cónyuges de los empresarios se contiene en los arts. 6 al 12 del Código de Comercio, con la redacción introducida en 1975 para eliminar las limitaciones que, hasta entonces, tenían las mujeres para el ejercicio del comercio y que se plasmaban en la necesidad de una licencia marital al respecto.

El régimen de esta responsabilidad se condensa en sendos vídeos, en español y en inglés, que he preparado para mis alumnos de Derecho de la Empresa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, y que se incorporan a esta entrada.