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sábado, 14 de diciembre de 2024

Cómo aligerar la carga tributaria

 

Aunque no soy de los que aconsejan a los clientes tomar decisiones apresuradas, estamos a punto de terminar el año y corren por las redes sociales artículos y blogs llenos de consejos para recortar la cuenta anual del IRPF. Yo creo que la planificación tributaria debe hacerse a largo plazo y con reflexión mesurada y ello a pesar del riesgo que supone los frecuentes cambios de la legislación fiscal.




De todos modos, y para aquellos que crean en este tipo de consejos genéricos y, muchas veces, más basados en la “moda” que en un profundo estudio de la materia, suelo publicar por estas fechas del año algunos consejos que otros han publicado. Así lo hice el año pasado con esta entrada (“Últimos ajustes tributarios”) o en diciembre de 2020 (“Algunos consejos de fin de año para la declaración del IRPF de 2020”).


Este año, me limito a reproducir los “10 trucos fiscales para recortar el IRPFque publica OCU y cuya versión completa podéis consultar en el enlace.

Comienza OCU por autojustificarse en su asesoramiento indicando que se trata de pagar impuestos JUSTOS, supongo que porque temerá que alguno de sus suscriptores le reproche que lo procedente es pagar más impuestos. También aclara que son consejos “siempre dentro de la legalidad”, lo cual no deja de ser una evidencia (¿acaso alguien aconseja realizar actuaciones contrarias a la ley y lo hace mediante una publicación en internet?).

Los “trucos” son los siguientes, limitándome a partir de este momento a transcribir parcialmente su publicación:

1. Aprovecha las deducciones autonómicas

Muchos gastos pueden suponer un recorte del IRPF: ¿sabías que es posible que puedas deducirte por la guardería de los hijos, los gastos educativos, el abono transporte público, la ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, el alquiler, etc.? 

Es muy importante asegurarse antes de nada de las deducciones fiscales autonómicas a las que tienes derecho, pues cada comunidad autónoma tiene las suyas. Si alguna te encaja, toma medidas para poder ponerla en práctica, por ejemplo, solicitando y conservando los justificantes que te pueden pedir más adelante para acreditar que tenías derecho a la deducción.

Ten en cuenta que muchas deducciones autonómicas solo se conceden si los ingresos del contribuyente o su base imponible no exceden de ciertos límites. Si los superas, a lo mejor puedes hacer gastos deducibles o solicitar retribuciones exentas que te lleven por debajo del límite, lo que te dará acceso a la deducción.  

2. Comunica cualquier cambio en la familia

Informa a tu empleador de cualquier cambio en la situación familiar: si has tenido o adoptado un hijo, si te divorcias, si te sobreviene una discapacidad a ti o a un familiar cercano que dependa de ti... La cantidad que se retiene de tu nómina a cuenta del IRPF depende entre otras cosas de las circunstancias familiares y así conseguirás que sea lo más ajustada posible.

3. Cambia salario en metálico por salario en especie exento

Obtener parte de tu retribución como salario en especie es una buena manera de ahorrar impuestos: algunas retribuciones están exentas de pagar IRPF, al menos dentro de ciertos límites. Así ocurre con los seguros de salud para el trabajador, su cónyuge y sus hijos, los vales de comida, los cheques de transporte y guardería...  

4. Haz donativos

Las donaciones deducen, y si las haces siempre a las mismas entidades, más. Si haces donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro puedes deducir un 80% sobre los primeros 250 euros, y un 40% sobre lo que exceda de esa cantidad (ese porcentaje sube al 45% si es el cuarto año que donas a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del año anterior). 

5. Aprovecha las deducciones de vivienda y energía

Si estás pagando tu casa con un préstamo y eres de los que aún puede aplicar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual, gracias al régimen transitorio (para los que compran ahora no existe esa deducción), te conviene amortizar hipoteca antes de que acabe el año. Puedes deducir el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros al año (o de 18.080 si pagas la casa con tu cónyuge y declaráis por separado). Por lo tanto, si no has llegado a esa cantidad, trata de amortizar anticipadamente préstamo hasta agotar el límite para así aprovechar íntegramente la deducción. Las comisiones por cancelación anticipada que cobran algunas entidades también forman parte de la base de la deducción de 9.040 euros, igual que las primas de los seguros de vida, hogar e incendio pagados este año que te exigieran en su día para concederte la hipoteca.

No olvides que, cumpliendo ciertos requisitos, puedes deducir por las obras de eficiencia energética, terminadas en 2024 en tu vivienda habitual o en otra de tu propiedad que alquiles para vivienda, siempre que se reduzca en cierta medida la demanda de calefacción y refrigeración o se mejoren el consumo de energía primaria no renovable o la calificación energética de la vivienda.  Recuerda que para poder deducir en la próxima declaración debes tener un certificado de eficiencia energética previo a las obras y otro posterior con fecha máxima del 31 de diciembre de 2024.

6. Aprovecha las deducciones para vehículo eléctrico y puntos de recarga

Si has comprado un vehículo eléctrico nuevo y lo matriculas antes de fin de año, podrás deducir en la próxima declaración el 15% de su valor, incluidos gastos e impuestos y restadas las ayudas públicas, sobre un máximo de 20.000 euros. La deducción se aplica en los modelos con un precio que no supere el importe máximo establecido para el plan MOVES III y solo si se destinan a uso particular. No olvides comprobar si tienes además derecho a la deducción autonómica por compra de vehículos nuevos si resides en Asturias o en Castilla y Léon.

Por la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, podrás deducir el 15% del precio de la instalación, restadas las subvenciones o ayudas públicas que hayas podido recibir, sobre un máximo de 4.000 euros, siempre que la instalación se haga y se termine de pagar en 2024, que sea para uso particular y que no se pague en efectivo.

7. Espera a cumplir 65 años para vender tu casa

A veces, la medida de ahorro fiscal consiste en dejar de hacer algo y posponerlo. Si estás cerca de cumplir 65 años y te estás planteando vender o donar tu vivienda habitual, te interesa esperar hasta que los cumplas, pues la ganancia que obtendrás de la transmisión estará libre de impuestos.

Si la vivienda está a nombre de los dos cónyuges, ambos deben ser mayores de 65 años, ya que de lo contrario solo estaría exenta la ganancia correspondiente al cónyuge que tenga esta edad. La exención se puede aplicar aunque se haya dejado de residir en la vivienda habitual, siempre que se venda dentro de los dos años siguientes a abandonarla.

8. Si eres arrendador, aprovecha 

Si eres propietario de un inmueble en alquiler, puedes deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad…  También son deducibles los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble, pero estos últimos no pueden generar un rendimiento negativo. Repasa los gastos deducibles, incluida la amortización, y si al final del año observas que tu rendimiento será positivo, puedes adelantar a diciembre algunos gastos deducibles para rebajar tu próximo IRPF. No olvides pedir y conservar los justificantes de los pagos.

9. Ahorra en plan de pensiones

Las aportaciones a un plan de pensiones pueden recortar la factura del IRPF.

·         No es aconsejable para aquellos que obtienen rentas exclusivamente de alquileres de inmuebles, de productos bancarios o de ganancias derivadas de transmisiones patrimoniales, ya que este tipo de rentas no se reducen por aportar a planes de pensiones.

·         Sí es una opción interesante para los que obtienen rentas que provienen del trabajo, de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles (en este caso, solo si además tienes rentas de los dos tipos anteriores). Si es tu caso, en tu próxima declaración, la cantidad máxima que podrás descontar por aportar a tus planes de pensiones será la menor de las siguientes:

·         1.500 euros anuales a tus planes individuales o asociados, y si en tu trabajo te dan un plan de pensiones, una cantidad variable a ese plan de empresa, que puede llegar a 4.250 euros como mucho, si se dan determinadas circunstancias y tu empresa aporta por ti esa misma cantidad.

·         El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Si no puedes reducir todas las aportaciones por aplicarse este límite, podrás reducir el exceso en la base imponible general de los cinco ejercicios siguientes.

10. Compensa pérdidas y ganancias

Si durante 2024 has obtenido ganancias con la venta o donación de bienes y acumulas pérdidas en otras inversiones, una forma de ahorrar en tu próxima declaración es liquidar esas inversiones para materializar esas pérdidas y poder compensarlas con las ganancias. O al revés, hacer ventas gananciosas si lo que tienes son pérdidas. Pero ten algunas precauciones:

·         No dones bienes que generen pérdidas o rendimientos de capital negativo en el IRPF, porque Hacienda no permite su compensación. Para poder compensar pérdidas será mejor vender el bien, materializar las pérdidas para poder compensarlas y donar el dinero obtenido con la venta.

·         Si vendes acciones o participaciones de fondos con la intención de compensar la pérdida que genere la venta este año, debes esperar dos meses para volver a adquirirlos (o comprar otro fondo de cartera similar). Si no lo haces así, no podrás compensar la pérdida hasta que los vuelvas a vender. 

·         No olvides que la próxima declaración será la última en la que podrás compensar el saldo de pérdidas pendientes de 2020. Antes de fin de año puedes vender inversiones con una ganancia equivalente para darle la única utilidad que tiene, que es evitar tributar por esa ganancia.

Recapitulando, aunque insistimos en que no aconsejamos “movimientos” de última hora, apresurados y sin la planificación necesaria y en que es preferible una estrategia reflexionada, aquí tenéis la información por si os resulta de interés.

 

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