Anecdotario Procesal
Juan Martín PROMENCIO
1. Introducción
Los acontecimientos judiciales que
habré de reseñar en sucesivas colaboraciones de este querido Blog andaluz, se
impostan en un contexto que, sin mayores sobresaltos ni desventuras, bien puede
rotularse como colección de anécdotas procesales, tal como reza el epígrafe.
En efecto, se trata se situaciones
jurídicas novedosas, infrecuentes, cuyo asintomático discurrir invita, por no
decir exhorta, a publicitar modestas consideraciones al respecto. Silenciarlas,
producto de su extrañeza, implicaría desandar el camino de la ciencia, toda vez
que ésta, como el árbol de la savia que produce, se va nutriendo de innumerables
casos jurisprudenciales en ese largo y fatigado peregrinar que supone su
progreso.
Asimismo, deviene perentorio
consignar que el carácter risueño y festivo de ciertas crónicas, que relataré,
en modo alguno inhibe o deslegitima el riguroso análisis jurídico.
Por el contrario, las particulares
aristas que portan algunos de los episodios constituyen el disparador de una
saludable excursión por célebres institutos del derecho procesal que habremos
de transitar. Tanto es así, que acude a mi memoria con singular nitidez una
irreprochable sentencia que escuchara del maestro Augusto M. Morello en ocasión
de una conferencia dictada en la Universidad Nacional de La Plata. Con la
habitual agudeza que lo caracterizaba, decía Morello que el análisis de
complejos y abstrusos problemas judiciales se simplifica notablemente cuando el
intérprete logra posicionarse en situaciones absurdas, atípicas, o
excepcionales. Agrego: alegres y
pintorescas, que en el fondo no es más que una nota o coloratura de la
excepcionalidad.
Finalmente, dejo constancia que el
análisis jurídico que acometí al finalizar cada una de las historias, lo hice abrevando
en las aguas del ordenamiento jurídico argentino, a excepción del último relato,
en donde también formulé una mínima referencia de la Ley de Enjuiciamiento
civil española.
Anhelo de manera ferviente que esta
contribución sea del agrado de los ilustres visitantes del Blog y, a título de fecundo
ejercicio intelectual, sugiero humildemente a los atentos lectores auscultar cuál
es la solución que depara a los casos reseñados, el Derecho de su respectivo
país.- A quienes emprendan esa noble empresa, les deseo que disfruten del
recorrido tanto como lo ha disfrutado este Alfil argentino.
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