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miércoles, 31 de agosto de 2016

AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD, CONTROL DE LEGALIDAD Y EXIGENCIA DE LEY FORMAL


 

No es ésta la primera vez que nos referimos en el blog a la autonomía de la voluntad en los últimos tiempos (podéis ver una definición jurisprudencial AQUÍ) pero es un tema siempre interesante.

 

El principio no es ilimitado, no es posible cualquier pacto -como nos ilustra Shakespeare en El Mercader de Venecia-, sino que existen límites tal y como recoge el art. 1255 del Código Civil, que incluye a la ley, la moral y el orden público.