Datos de contacto

Si quiere contactar con nosotros, puede hacerlo por correo electrónico a alfilabogados@alfilabogados.es

Aplicación Consultas Jurídicas

Consultas jurídicas online

Resuelve tu duda legal hoy con Joaquín Noval.

Resuelve tu problema

miércoles, 18 de marzo de 2026

¿Es cierta esta noticia?

 

Hace unos días leía un titular de una noticia en un medio de comunicación que me llamó la atención: “A partir de marzo, los propietarios de viviendas con árboles o setos de menos de dos metros o 50 cm de separación de la propiedad de un vecino estarán obligados a podarlos o se enfrentarán a sanciones”. Curiosamente, hoy se vuelve a publicar de nuevo.


El titular es llamativo: ¿por qué a partir de marzo? ¿qué sanciones?




Sin duda, la intención del titular es llamar la atención para que leyéramos la totalidad del artículo. Lo hice y comprobé que el titular no se correspondía “exactamente” con el contenido de la noticia. La referencia a marzo era simplemente porque es cuando florecen los setos, en la opinión del periodista (aunque este año, con las lluvias, no sé…). Y las sanciones sólo proceden en caso de que la ordenanza municipal correspondiente las haya previsto, aunque, siempre según el texto de la noticia, el ejercicio de acciones judiciales podía terminar con una condena judicial y la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.


El artículo, además, alude a la regulación contenida en los arts. del Código Civil al respecto, 591 y ss., incluyendo la posibilidad de exigir que se corten las ramas del árbol vecino que se extiendan sobre la propia finca y ello con independencia de si se respeta o no la distancia de dos metros o cincuenta centímetros indicada.


Y lo más interesante del asunto es que esta norma proviene del Derecho Romano, en concreto de la Ley de las XII Tablas, primera ley codificada romana y que data del siglo V a.C.


En efecto, la Tabla VII establece que se cortasen las ramas de los árboles del fundo vecino que pendan sobre el propio hasta la altura de quince pies. Por su parte, la legislación postclásica y justinianea, a través de constituciones imperiales, impuso la prohibición de construir a determinada distancia de la finca ajena.


En resumen, las normas citadas en el artículo periodístico están utilizando Derecho Romano en la actualidad, dos mil quinientos años después. Y ahí podríamos hacernos aquella pregunta de La vida de Brian: 




No hay comentarios:

Publicar un comentario