Cuando era niño, había
una magnífica colección de tebeos llamada “Joyas
literarias juveniles”, de las que tuve algunos ejemplares. Eran muy caros –porque
eran muy buenos- y por eso sólo pude disfrutar de algunos de ellos. Había uno,
que nunca pude tener, que se llamaba “Las
tribulaciones de un chino en China”, del gran Julio Verne. Nunca supe de
qué iba pero siempre supuse que sería un elenco de problemas sufridos por el
protagonista.
Viene esto a cuento por
la historia que voy a contar, valga la redundancia.
En la mañana de hoy un
cliente recibe una comunicación de la Agencia Tributaria. Acude presto a la web
y con su certificado electrónico accede a ella. Se trata de una sanción que le
derivan como “sucesor” de una sociedad civil de la que formaba parte y se ha
extinguido recientemente.
Como además era el
administrador de la sociedad civil, sabe perfectamente que NO SE LE HA NOTIFICADO
SANCIÓN ALGUNA, por lo que difícilmente puede derivársele responsabilidad de
ningún tipo. No obstante, en aras a la tranquilidad tributaria, decide afrontar
valientemente la situación y no limitarse a presentar un recurso que cualquiera
sabe cuándo se iba a resolver.
Así que, como primer
paso, llama a la Administración de la AEAT correspondiente. Al teléfono que
consta en la resolución. Primer
asalto perdido. El teléfono no funciona. Consulta la web y … ha
cambiado el número. No pasa nada, es normal, pero … ¿no lo sabía la propia
Agencia Tributaria cuando emite la resolución e incluye el erróneo?
Seguimos. Llama al
número correcto. Le atiende cordialmente una persona quien le indica que, por
protección de datos, debe acudir personalmente a la Administración. ¡Ya salió
el comodín de la protección de datos! Le indica además que debe pedir cita
previa, pero … para eso debe llamar a otro teléfono, que empieza por 91. El
contribuyente se sorprende: hombre, llamo a la Administración de Hacienda a la
que tengo que acudir y para pedir cita, me remiten a Madrid… parece, cuanto menos,
sorprendente!
El señor que le atiende
le dice, amablemente, que tiene razón. Que hace ocho años él era quien daba las
citas de esa Administración, pero que ahora hay que llamar a Madrid, porque una
empresa privada subcontratada es la que hace el servicio. Segundo asalto, perdido.
Con gran paciencia
llama al teléfono de Madrid (según indica el móvil, es de Alcalá de Henares).
Le atiende otro señor muy amable. Le pide identificación, DNI, nombre completo
y código de verificación seguro de la resolución recibida. El contribuyente le
indica que se trata de una sanción derivada y que la Administración competente
es la correspondiente de Sevilla.
El señor que le atiende
le dice que no es posible darle cita previa en este momento ni en esa
Administración de Hacienda ni en ninguna de la provincia de Sevilla. ¿Cómorl?
No sabe por qué pero no hay disponible cita. Pero, ¿y los plazos?, pregunta el
contribuyente. El señor le dice que no se preocupe, que seguramente serán tenidos en cuenta. Pero que tampoco hay problema,
que le va a dar el teléfono de “ayuda” para que allí le indiquen. Tercer asalto, perdido.
Y llegamos al
definitivo. Llama al teléfono de “ayuda”. La centralita le dice “bienvenido al servicio
de información tributaria básica” y le discrimina entre “impuesto sobre la renta”
y “otros impuestos”. Mala pinta tiene esto. Parece que aquí tampoco le darán
solución. Tras marcar la segunda opción y cortarse la comunicación, opta por “renta”.
Allí le atiende una señorita que tras escuchar su “historia”, le pasa con el
departamento correspondiente.
Hay esperanza, se dice…
Sin embargo, tras cinco minutos de musiquita y mensajes de que “todos nuestros
agentes están ocupados”, se le indica finalmente que llame más tarde y se
cuelga directamente la llamada. ¡Combate
terminado por KO en el cuarto asalto!
No sé si las
tribulaciones de Verne eran similares a esta, pero está claro que, un par de
siglos más tarde, la España de Larra sigue viva: burocrática y centralizada. Y
ello a pesar de estar tratando con la Administración más dotada
presupuestariamente y más informatizada de España.
No hay comentarios:
Publicar un comentario