Datos de contacto

Si quiere contactar con nosotros, puede hacerlo por correo electrónico a alfilabogados@alfilabogados.es

Aplicación Consultas Jurídicas

Consultas jurídicas online

Resuelve tu duda legal hoy con Joaquín Noval.

Resuelve tu problema

martes, 3 de noviembre de 2026

Permiso laboral por hospitalización de un familiar: cinco días retribuidos y qué ocurre después del alta hospitalaria

 

La hospitalización de un padre, una madre o un hijo plantea con frecuencia un problema añadido a la preocupación por su estado de salud: ¿cómo compatibilizar la atención al familiar enfermo con las obligaciones laborales?




Nuestro ordenamiento jurídico reconoce a los trabajadores el derecho a ausentarse del trabajo, sin pérdida de salario, cuando se produce la hospitalización de determinados familiares. Sin embargo, en la práctica siguen surgiendo dudas sobre la duración del permiso, los días que deben computarse y, especialmente, qué ocurre cuando el paciente recibe el alta hospitalaria antes de que finalicen los cinco días.

La regulación legal y las recientes sentencias de los tribunales permiten aclarar estas cuestiones.

¿Cuántos días corresponden por hospitalización de un familiar?

El artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso retribuido de cinco días en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de determinados familiares y personas convivientes.

Este derecho fue ampliado mediante el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que modificó la regulación anterior, en la que se contemplaban, con carácter general, dos días de permiso, ampliables a cuatro cuando resultaba necesario un desplazamiento.

La nueva regulación establece cinco días de permiso, sin distinguir en su duración en función de la necesidad de desplazamiento.

Se trata de un derecho mínimo reconocido legalmente. Por tanto, el convenio colectivo aplicable puede establecer condiciones más favorables para el trabajador.

¿Qué familiares dan derecho al permiso?

Aunque habitualmente se habla del permiso por hospitalización de familiares de primer grado, lo cierto es que la protección legal es más amplia.

El permiso comprende a los familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, además del cónyuge, la pareja de hecho y otros supuestos expresamente previstos en la ley.

Los familiares de primer grado son, principalmente, los padres y los hijos. Entre los de segundo grado se encuentran los hermanos, abuelos y nietos.

También quedan comprendidos determinados familiares por afinidad, como los suegros, y los familiares consanguíneos de la pareja de hecho en los términos establecidos legalmente.

Además, el Estatuto reconoce el derecho cuando la persona hospitalizada, aun sin tener ese parentesco, convive con el trabajador en el mismo domicilio y necesita su cuidado efectivo.

Conviene destacar una cuestión: cuando la persona hospitalizada es un familiar comprendido en el artículo 37.3.b), no se exige que conviva con el trabajador ni que este sea su cuidador principal.

Así lo ha señalado la Audiencia Nacional en su Sentencia 15/2025, de 31 de enero, al rechazar que las empresas impongan requisitos adicionales de convivencia o de cuidado principal a los familiares incluidos en la norma.

¿Los cinco días son naturales o laborables?

Esta es una de las preguntas más habituales.

Aunque el Estatuto de los Trabajadores se refiere simplemente a cinco días, la interpretación judicial ha establecido que deben computarse como días laborables para la persona trabajadora.

Esto significa que no se descuentan del permiso los días en los que el trabajador no tenía obligación de prestar servicios.

Por ejemplo, si una persona trabaja de lunes a viernes y comienza el permiso un lunes, los cinco días se extenderán, con carácter general, hasta el viernes. Si el permiso comienza un jueves y el sábado y el domingo son días de descanso, estos últimos no consumirán días de permiso.

Naturalmente, el cómputo debe adaptarse al calendario laboral de cada persona, especialmente cuando existen turnos de trabajo o prestación de servicios durante los fines de semana.

¿Es obligatorio comenzar el permiso el mismo día del ingreso?

No necesariamente.

La finalidad de este permiso es facilitar la atención y el cuidado del familiar, por lo que su interpretación no puede desligarse de las necesidades de conciliación que pretende proteger.

La Audiencia Nacional, en su Sentencia 102/2024, de 12 de septiembre, admitió que, a falta de una regulación convencional específica, el inicio del permiso no tiene que coincidir obligatoriamente con el día de la hospitalización.

Ahora bien, ello no significa que el trabajador pueda reservar indefinidamente esos días para utilizarlos cuando considere conveniente.

El inicio debe guardar relación con el hecho que origina el derecho y con la persistencia de la situación protegida. También debe tenerse en cuenta el convenio colectivo aplicable y las circunstancias concretas.

Por ello, resulta aconsejable comunicar por escrito a la empresa tanto el ingreso hospitalario como las fechas en las que se pretende disfrutar del permiso.

¿Qué ocurre si el familiar recibe el alta hospitalaria antes de los cinco días?

Esta cuestión ha dado lugar a numerosos conflictos laborales.




Imaginemos que un trabajador solicita el permiso porque su madre ha sido hospitalizada. Dos días después, recibe el alta hospitalaria, pero el médico le prescribe reposo en su domicilio y necesita continuar recibiendo cuidados.

¿Puede la empresa obligar al trabajador a reincorporarse inmediatamente?

El alta hospitalaria no determina necesariamente la finalización del permiso.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su Sentencia 140/2026, de 5 de febrero, confirmó el criterio favorable a mantener el permiso cuando, después del alta hospitalaria, existe prescripción de reposo domiciliario.

Este criterio ha sido reiterado en otras resoluciones del Tribunal Supremo y, más recientemente, en la Sentencia 753/2026, de 25 de septiembre.

La distinción es importante: el alta hospitalaria supone que el paciente deja de permanecer ingresado, pero no equivale necesariamente a su recuperación médica ni a la desaparición de la necesidad de cuidados.

Por tanto, si el familiar continúa necesitando cuidados domiciliarios debidamente justificados, el trabajador puede mantener el disfrute del permiso dentro del límite legal o convencional que corresponda.

Ahora bien, tampoco debe interpretarse que cualquier alta hospitalaria permite disfrutar automáticamente de los cinco días con independencia de las circunstancias. La persistencia de la situación que justifica el permiso sigue siendo relevante.

¿Se pueden disfrutar cinco días cada vez que hospitalicen a un familiar?

Sí, siempre que concurra un nuevo hecho causante que reúna los requisitos legales.

El permiso no constituye una bolsa anual de cinco días que se agote con la primera hospitalización.

Esta cuestión ha quedado especialmente aclarada por la Sentencia del Tribunal Supremo 753/2026, de 25 de septiembre, que confirma que el derecho se genera cada vez que se produce un nuevo supuesto protegido.

Por ejemplo, si un trabajador disfruta de cinco días por la hospitalización de su padre en febrero y, meses después, su madre debe ser hospitalizada, podrá tener derecho a un nuevo permiso.

Lo mismo puede suceder cuando se producen distintos procesos de hospitalización, aunque afecten a una misma persona, siempre que exista un nuevo hecho causante y no una simple prolongación o fragmentación artificial de la situación anterior.

Por tanto, no resulta ajustado a la regulación legal establecer, con carácter general, un límite de cinco días por año natural.

¿Qué documentación puede exigir la empresa?

El Estatuto de los Trabajadores exige previo aviso y justificación.

En consecuencia, la empresa puede solicitar documentación suficiente para acreditar el hecho que da derecho al permiso, como un justificante del ingreso hospitalario y, cuando resulte necesario, la relación de parentesco.

Si el permiso continúa después del alta hospitalaria, será especialmente conveniente disponer de documentación médica que acredite el reposo domiciliario o la persistencia de la necesidad de cuidados.

Sin embargo, la empresa no puede exigir indiscriminadamente información clínica detallada ni convertir la justificación del permiso en una investigación sobre la enfermedad del familiar.

Debe respetarse el principio de minimización de datos personales, especialmente cuando se trata de información sanitaria.

¿Qué puede hacer el trabajador si la empresa le deniega el permiso?

Lo primero es revisar el convenio colectivo aplicable y presentar una solicitud por escrito, acompañada de la documentación justificativa necesaria.

Si la empresa deniega el permiso o reduce injustificadamente su duración, conviene solicitar que comunique también por escrito los motivos de su decisión.

Dependiendo de las circunstancias, podrá plantearse una reclamación ante la jurisdicción social, sin perjuicio de otras vías de actuación que puedan resultar procedentes.

Es importante evitar decisiones precipitadas, especialmente cuando existe una discrepancia sobre la fecha de inicio, la duración o la justificación del permiso.

Una medida de conciliación que debe interpretarse conforme a su finalidad

El permiso por hospitalización de familiares no es una concesión voluntaria de la empresa, sino un derecho laboral reconocido por la ley.

Su finalidad es permitir que el trabajador atienda determinadas situaciones familiares que requieren su presencia o cuidado sin tener que soportar una pérdida de salario.

La jurisprudencia reciente ha reforzado esta protección, aclarando que los cinco días son laborables, que el derecho no queda limitado a un único permiso anual y que el alta hospitalaria no supone necesariamente su terminación.

La clave está en comprender que el permiso no protege únicamente el tiempo que el familiar permanece ingresado, sino también, en los supuestos reconocidos por la jurisprudencia, la necesidad de atención que puede subsistir después de abandonar el hospital.

Por ello, tanto trabajadores como empresas deben conocer la regulación vigente, consultar el convenio colectivo y valorar las circunstancias concretas antes de adoptar una decisión.

No hay comentarios:

Publicar un comentario