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domingo, 19 de marzo de 2023

La falta de precisión en el lenguaje

 


Creo honestamente que una de las cosas más importantes que debe transmitirse a los alumnos es la necesidad de la precisión y el rigor en el lenguaje, especialmente en el jurídico. De ahí que muchas veces les insisto en ello, en que las cosas son lo que son y se les debe nombrar por su denominación, no por aproximaciones ni circunloquios.

 


Y, consecuentemente con ello, en este blog nos hemos ocupado en más de una ocasión de estas cuestiones, sobre todo cuando no se trata de que los estudiantes incurran en falta de rigor, sino que se trata de textos que emanan de instituciones que deben afinar en lo que dicen, como es precisamente el Poder Judicial. En esta entrada – AQUÍ- me refería a un juez que inadmitía un recurso de reposición en vez de desestimarlo o a una nota del Consejo General del Poder Judicial que se refería a un auto judicial como una “propuesta” del Juez.

 

Si, además, el asunto puede tener connotaciones de lenguaje “inclusivo”, el problema se acentúa, pues lo habitual suele ser que, para contentar a la audiencia y aunque se vaya en contra de la Gramática, se abuse del género femenino, dando lugar a situaciones como la que paso a exponer.

 

Se trata de un boletín informativo remitido por una editorial jurídica de prestigio y en el mismo se cuela el siguiente titular:

 

 


Evidentemente, si queremos ser condescendientes con su redactor, lo daremos por válido pues se entiende lo que quiere decir, pero no es eso lo que dice, sino una falsedad: 9 de cada 10 opositoras no son mujeres, sino que las 10 de cada 10 opositoras lo son.

 

¿Soy excesivamente riguroso en el lenguaje? Se admiten comentarios y sugerencias.


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