La sentencia del Tribunal Supremo 469/2016, de 12 de julio
(que puede localizarse AQUÍ) resulta de gran interés por resolver un situación
que se da mucho en la práctica: la promoción de viviendas en régimen de
cooperativa con la intervención de una sociedad gestora –que lo hace de manera
profesional y con ánimo de lucro- y la determinación de quién ha de responder
por los incumplimientos del contrato.